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La generación ni-ni: más de 700.000 jóvenes españoles ni estudian ni trabajan

La generación ni-ni: más de 700.000 jóvenes españoles ni estudian ni trabajan

Se les conoce como la generación ni-ni, jóvenes menores de 34 años que ni estudian ni trabajan con lo que, en teoría, viven de sus padres. Según revela la Encuesta de Población Activa (EPA), España contaba a mediados de 2009 con 712.735 ni-nis, el 6% de la población menor de 34 años.

MANUEL LLAMAS

Generación X, generación Y... Generación ni-ni. Estos son algunos de los términos que, en sentido demográfico, se vienen aplicando a las últimas generaciones de jóvenes.Generación X se usa normalmente para referirse a los nacidos en la década de los 70, cuya adolescencia transcurrió en los años 80 y principios de los 90, tras losbaby boom.

También es conocida como la "Generacion Perdida", debido a su apatía por la falta de expectativas. Tener relaciones sexuales antes del matrimonio, no respetar a sus padres o priorizar la amistad antes que la familia son algunas de sus conductas sociales más características.

Y tras la X llegó la Generación Y, los nacidos entre 1982 y 1992, en una década marcada por el inicio de la revolución tecnológica y el crecimiento económico al tiempo que se producían los últimos coletazos de la Guerra Fría. Acostumbrados a un alto nivel de vida y dispuestos a asumir retos, esta generación protagonizó el auge de la conciencia social y el surgimiento de familias no tradicionales, entre otros aspectos.

Ambos términos son aplicados a nivel internacional para describir a toda una generación de jóvenes nacida en el mundo occidental y desarrollado. Sin embargo, España empieza a experimentar un fenómeno social particularque, a la vista de los datos, está en pleno auge. Se trata de la Generación ni-ni. Jóvenes españoles que, pese al paso inexorable de los años, ni estudian ni trabajan.

Pero, ¿cuántos ni-nis hay en España? La EPA tiene la respuesta. España contaba con más de 700.000 jóvenes -menores de 34 años- en esta situación a mediados de 2009. Los microdatos de la Encuesta de Población Activa que recoge el blog wonkapistas muestra que la generación ni-ni goza de plena salud.

Los ni-nis engloban a los menores de 34 años inactivos (que ni trabajan ni buscan trabajo), parados sin empleo anterior -los que nunca han trabajado pero están buscando trabajo- y, por último, que no cursan estudios reglados y/o no cursan estudios no reglados (títulos no oficiales). En resumen, los "ni-nis" serían jóvenes inactivos que no cursan estudios reglados ni siguen una formación no reglada.

Así, si nos atenemos a los datos del segundo trimestre de 2009, las cifras oscilan entre los 550.000 y los 710.000 jóvenes, en función de las variables que escojamos:

1) Inactivos que sólo siguen una formación no reglada: unos 550.000 (el 4,5% de la población española menor de 34 años).

2) Parados sin empleo anterior que no estudian: unos 680.000 (el 5,6%).

3) Parados sin empleo anterior que sólo siguen una formación no reglada: poco más de 712.000 (el 6%). Dentro de este último grupo, el más numeroso, destacan los ni-nis comprendidos entre los 16 y los 24 años, ya que en ambos casos el porcentaje aumenta considerablemente. En concreto, casi el 10% de los jóvenes entre 16 y 19 años -casi 196.000- ni estudiaban ni trabajaban, mientras que el número asciende a 220.000 (el 8,2%) en el caso de los jóvenes entre 20 y 24 años.



(Pinche en la imagen para ampliar)

Se entiende, pues, que estos 700.000 jóvenes viven casi exclusivamente del dinero de sus padres.

El número aumenta si cogemos como referencia el tercer trimestre del año. Sin embargo, este dato es menos fiable, ya que durante los meses de julio, agosto y septiembre muchos estudiantes han acabado o abandonado sus estudios, y se desconoce si iniciarán nueva formación o buscarán empleo.
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El Gobierno aprueba el Registro Civil único que simplifica trámites y descarga a los jueces

El Gobierno aprueba el Registro Civil único que simplifica trámites y descarga a los jueces

Unifica las secciones temáticas y territoriales y el ciudadano podrá acceder a su ficha a través de la Red.- Caamaño: "Es un cambio conceptual de arriba a abajo"

ELPAÍS.com - Madrid - 08/01/2010.


"Superamos el criterio de territorialidad. Cualquier declaración se podrá hacer en cualquier oficina", ha explicado Caamaño, para quien el modelo vigente desde 1957 pensaba más en los hechos que en los ciudadanos, mientras que ahora será al contrario.

Para la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández De la Vega, en el anteproyecto de ley del nuevo registro lo más destacable es que se tendrán disponibles los datos por Internet y dejarán de expedirse los libros de familia. "Deja de estar judicializado y será dependiente del Ministerio de Justicia, se descarga a los jueces para que puedan dedicarse exclusivamente a su labor", ha añadido De la Vega.

El registro individual se traduce en que se creará una ficha con todos los datos relacionados con el estado civil de cada persona y se asignará un "código de ciudadanía". "Será mucho más sencillo y más ágil en su funcionamiento para que cualquier ciudadano pueda saber sus datos; evitará la carga de tener que pedir certificación o dirigirse al Registro", ha explicado Caamaño.

El ministro ha destacado que actualmente existen 431 registros principales, 15 exclusivos con un juez y el resto con un juez y un secretario judicial, además de más de 7.000 juzgados de paz. En total "casi 8.000 puntos dispersos por nuestra geografía", que ahora se reducirán. "Todo ese conjunto de libros a hoy se han digitalizado", ha asegurado el titular de Justicia.

Las claves del nuevo Registro

Se crea un registro electrónico único, con una base de datos común para toda España y se sustituye el Registro de hechos por un Registro Civil de personas.

Cada ciudadano tendrá una ficha personal única, donde constará todo su historial civil.

Con la inscripción de nacimiento se le asignará un Código Personal de Ciudadanía (CPC).

Los ciudadanos y las distintas Administraciones tendrán acceso telemático a los datos, y se podrán obtener certificaciones por Internet.

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s2t2 El éxtasis del predicador anticapitalista

El éxtasis del predicador anticapitalista

Moore reconoce que lleva 20 años haciendo 'Capitalismo: una historia de amor'

La última película de Moore denuncia los efectos de la crisis financiera.
SARA BRITO - MADRID - 06/01/2010 22:00

Veinte años después de su debut, Roger & Me (1989), Michael Moore ha urdido la que a sus ojos es su obra definitiva, la culminación de dos décadas de activismo, fanfarronadas, exhibicionismo y no poca demagogia en pos de la lucha contra el neoliberalismo. Desde luego, no se le puede arrebatar a Moore la facultad de acertar en su siempre oportuno destape de los pozos negros del sistema, aunque en Capitalismo: una historia de amor se pase de autoconsciente, lacrimógeno y predicador religioso.

Él mismo lo ha dejado claro: "Aunque empecé la producción en la primavera de 2008, en realidad estoy haciendo esta película desde hace 20 años. Capitalismo: una historia de amor no sólo es la continuación de Roger & Me sino que es su culminación".

No en balde, su nueva película presentada en la pasada Mostra de Venecia contiene no pocas referencias a aquel primer filme en el que un Moore menos megalómano contaba las nefastas consecuencias de la desindustrialización de su pueblo natal, Flint (Michigan). En su última obra vuelve a su ciudad, pero también recala en Wall Street, en el Capitolio una vez más y en cuanto estado americano tenga un hogar en desahucio.

He aquí las vetas hiperbolizadas de la personalidad del documentalista más mediático del siglo XXI.

El salvador

El pastel era demasiado jugoso: en plena producción, estalló la crisis financiera que corroboraba lo que Moore había venido predicando desde hacía años: el desastroso impacto que el dominio de las corporaciones tiene sobre la vida de los estadounidenses. Moore estaba allí donde la crisis de las hipotecas subprime y el endeudamiento familiar conducía a la ruina y al desahucio, donde las empresas se lucraban con las muertes de sus trabajadores y, por supuesto, en el advenimiento de la esperanza Obama.

Pero quizás llevó hasta el delirio su papel de predicador de la rebeldía anticapitalista. Pocas dudas nos deja de que él es el salvador que EEUU necesita. Que disculpe Obama. "Mucha gente considera que es suficiente con agachar la cabeza y taparse la nariz para apañárselas. Pero alguien tiene que alzar la voz", reconoció al presentar el documental.

La formación católica del director de Bowling for Columbine (2002) estudió en un seminario y quiso ser cura brota en este filme sin tapujo. Moore apoya su discurso en el cristianismo y busca respaldo, como si las pruebas que expuso no fueran suficientes, en dos curas y un obispo que le secundan al decir que el capital es el mal.

Lacrimógeno

"En el mundo no hay suficientes toallitas desinfectantes para limpiar Washington", mantiene el director. Tampoco suficientes paquetes de pañuelos para las lágrimas que derraman las víctimas del capital que Moore retrata. El de Flint siente debilidad por las tomas a moco tendido, por el comentario lacrimógeno y el patetismo. Después de Sicko, donde el director llevó a cotas delirantes su estética del dramón, Capitalismo: una historia de amor contiene quizás los momentos más sentimentales y gruesos de la carrera del director.

Gamberro escénico

Entregado al drama, la película prescinde durante demasiado tiempo del humor. EnCapitalismo: una historia de amor no hay capítulo alguno que se compare con el abordaje a la casa de Charlton Heston en Bowling for Columbine. Su gamberrismo se edulcoró, aunque la acción de encordonar Wall Street con una cinta policial donde se lee Zona de crimentenga su gracia subversiva. Aún así Moore reconoce que su finalidad última es que el espectador "se divierta y se rebele". A las barricadas, pues.

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EL FIN DE AÑO EN...

EL FIN DE AÑO EN...

Torre Eiffel, Paris, 31 Diciembre 2009

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Time Square, New York, 31 Diciembre 2009
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Sydney, 31 Diciembre 2009
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Puerta del Sol, Madrid, 31 Diciembre 2009
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Feliz 2010!!
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Anne Igartiburu y Belén Esteban, la tradicción contra el circo televisivo

Anne Igartiburu y Belén Esteban, la tradicción contra el circo televisivo


Anne Igartiburu y Belén Esteban, la tradicción contra el circo televisivo
Belén Esteban y Anne Igartiburu. Telecinco/ TVE

De un lado, la finura, las buenas maneras, la elegancia hecha televisión. Del otro, el ‘barriobajerismo’, el neorrealismo televisivo, la voz del pueblo llano. Las campanadas de fin de año se convirtieron anoche entoda una lucha como nunca antes se había visto en televisión.

En el primer año ‘d.R.G’ (después de Ramón García),Anne Igartiburu y Belén Esteban pelearon por convertirse en las dignas herederas del presentador vasco. La tradición contra el circo televisivo, la estrella de TVE contra la de Telecinco.

Poco importaron los demás rivales en este primer año sin García, que tras quince años despidiendo el año a los españoles podrá tomarse las uvas con su familia. La lucha era entre la diva de San Blas y el ojito derecho de la pública.

A falta de que se publiquen las audiencias de ambas retransmisiones, la casa de apuestas Bettymovil ya se atrevió a dar una predicción hace unos días. “La mediática Belén Esteban, respaldada por la expectación generada por su recién estrenado cambio de imagen, será la responsable de que Telecinco lidere la audiencia de las campanadas de fin de año por primera vez, consiguiendo desbancar a TVE, cuya retransmisión de este acontecimiento siempre ha sido la más vista.

Primer año sin capa

Ramón García quedará para siempre en la memoria de los españoles como el rostro oficial de las campanadas. El vasco despidió el año a los españoles en La 1 desde 1995 hasta 2006 junto a diversas acompañantes que van desde Ana Obregón a Anne Igartiburu, pasando por Paloma Lago o Nuria Roca.

En 2007 pasó a Antena 3 donde tendría como acompañante a la actriz Anabel Alonso. La pareja dobló la audiencia respecto a 2006 con un seguimiento de dos millones de espectadores y un 14.7% de cuota de pantalla, el mejor registro de Antena 3 desde 2004. Sin embargo en 2008 la emisión (junto a Kira Miró) se desplomó en seis puntos.




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y2a -Algunas ideas sobre la sociedad y el éxito por Alan De Bottom



  • Actualmente existe un fenómeno global de esnobismo ocupacional que quiere decir que la mayoría de la gente se hace un visión completa de quiénes somos de acuerdo a la respuesta que demos a la pregunta ¿en que trabajas?.

    Esta es la razón principal por la que nos preocupamos tanto por nuestras carreras y por las cosas materiales, la sociedad le da gran importancia a nuestra posición en la jerarquía social.

  • Cuando no puedes relacionarte o identificarte con alguien, no envidias a esa persona. Es decir, entre más cercana sea la trayectoria de dos personas (edad, carrera, etc) más probabilidades hay de que se manifieste la envidia.
  • “Aguanta la burra” cuando se trata de juzgar a la gente, no necesariamente sabes cual es el verdadero valor de una persona. No hay que juzgar a la gente por su tarjeta de presentación.
  • Si nos dicen que cierta profesión es muy respetable, muchos tendremos interés en dicha profesión pero si luego nos dicen que no es respetable, perderemos ese interés, es decir estamos abiertos a la sugestión, sugestión de los medios, de nuestros padres, de nuestros amigos, etc. Debemos asegurarnos que nuestra idea de éxito sí es nuestra.
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y2a -Hacienda dejará de publicar las notificaciones en el BOE para publicarlas en su web


Hacienda dejará de publicar las notificaciones en el BOE para publicarlas en su web

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El anteproyecto de ley de Economía Sostenible introduce la segunda gran modificación que se lleva a cabo en la Ley General Tributaria en el Art 112, además de la facultad denotificación telemática obligatoria que ya analizamos ayer. En este artículo se regula la publicación en los distintos boletines oficiales, para aquellas notificaciones que han resultado fallidas por causas no imputables a la Administración Tributaria.
Con esta modificación legal, se define la sustitución de las publicaciones en el BOE por la Sede Electrónica, entiéndose como sede eléctronica la propia página web de la Agencia Tributaria. Con lo cual, el BOE, no lo lee nadie, pero la página web de Hacienda si tiene un mayor número de visitas, y por ende repercusión de información pública.

La agencia tributaria dejará de publicar en el BOE las notificaciones que hace casi a diario para incluirlas directamente en su página web. La validez jurídica de estas notificaciones viene marcada por la Ley 11/2007. Una vez aprobada la Ley, el Ministerio de Economía determinará las condiciones, fechas de publicación y plazos de permanencia de los anuncios en la sede electrónica de la AEAT.
Esta medida es muy positiva porque abre la puerta a una mayor difusión de aquellas notificaciones fallidas y perdidas y puede evitar bastantes problemas posteriores con Hacienda. Pero también presenta un lado negativo, porque esta difusión será mucho mayor y nos podemos encontrar nombres de conocidos con mucha habitualidad o incluso de nuestra propia empresa.
Más Información | Articulado completo Anteproyecto Ley Economía Sostenible (PDF) – Ver Art 50
En Pymes y Autónomos | Notificaciones, ese gran desconocido
 
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El "desahucio exprés" entra en vigor


El "desahucio exprés" entra en vigor

La nueva normativa agiliza el proceso de desalojo forzoso de los inquilinos que no paguen

Se ha hecho esperar, pero por fin ha entrado en vigor la nueva Ley 19/2009 de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, más conocida como Ley de Fomento del Alquiler. Esta normativa modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la de Propiedad Horizontal (LPH). Una de las principales medidas de la nueva normativa es la puesta en marcha del denominado "desahucio exprés", que agilizará el proceso de desalojo forzoso.

  • Por LOLA RAYA BAYONA
  • 23 de diciembre de 2009



Las claves fundamentales


- Imagen: Gideon -
La Ley de Fomento del Alquiler pretende solucionar uno de los principales problemas que tenían hasta ahora los propietarios de una vivienda en alquiler cuyos inquilinos no abonaban el precio acordado. El proceso para el desalojo de los inquilinos morosos era muy largo y complejo. La nueva normativa agiliza de forma considerable el procedimiento y facilita el cobro de las rentas pendientes, de manera que, en teoría, en dos o tres meses puede estar resuelto el problema para el propietario.
La primera novedad es la denominada "enervación de la acción". Supone que el inquilino moroso puede evitar el juicio y el consiguiente desahucio si paga las rentas que debe. Si con carácter previo el dueño ha solicitado y exigido el pago (mediante carta por burofax o de manera notarial) y transcurre un plazo determinado sin que el inquilino atienda el requerimiento(dos meses con la normativa anterior, un mes con la nueva), el propietario podrá interponer la demanda sin posibilidad de que el inquilino pueda pagar y "enervar" la acción.
Con la nueva norma, en dos o tres meses puede estar resuelto el problema para el propietario
Si un propietario decide acudir al juzgado y demanda a un inquilino porque no abona las rentas (acción de desahucio por falta de pago), cuando el inquilino recibe la demanda, y hasta la fecha del juicio, puede pagar. Si decide hacerlo, habrá enervado la acción, el proceso quedará sin efecto y se reactivará el contrato de alquiler. Pero si vuelve a impagar, será demandado y desahuciado sin posibilidad de poder enervar de nuevo la acción.
Otra posibilidad es que el propietario de la vivienda envíe un requerimiento o solicitud de pago extrajudicial (una carta por burofax) para indicar al inquilino que debe pagarle las cantidades correspondientes. Cuando éste reciba la carta puede pagar o no. Si paga la deuda, ya no cabe posibilidad de demandarle y habrá evitado el procedimiento judicial. Si no cumple, el dueño acudirá a los tribunales y le demandará. Cuando el inquilino reciba la demanda, no podrá evitar el procedimiento ni pretender pagar para archivar el proceso judicial y reactivar el contrato, puesto que se le ha requerido antes y no lo ha hecho. La antigua normativa establecía que el propietario debía esperar dos meses para que, una vez requerido el pago, se pudiera abonar. Pasado este tiempo podría demandar al inquilino en los tribunales. Con la nueva normativa el plazo se reduce a un mes, por lo que se agiliza este trámite.

Presentación de la demanda

Una vez superada la primera fase, el siguiente paso es presentar la demanda de desahucio por falta de pago. Puede ocurrir que el demandado acepte las pretensiones del arrendador (reconozca los hechos) y ambos lleguen a un acuerdo, que homologará el juez, para desalojar el inmueble en un determinado plazo. En el supuesto de no cumplirlo, este pacto quedará sin efecto y se expulsará al inquilino en el día y hora fijados en la citación, sin más trámite ni notificación. Con ello se evitan actuaciones por parte de inquilinos que tratan de prolongar al máximo la ocupación de la vivienda.
Otro aspecto de la nueva normativa que facilita la agilización del proceso de desahucio se refiere a la notificación de la demanda. Salvo que se haya señalado otro en el contrato de arrendamiento, el domicilio a efectos de comunicación será el de la vivienda o el local arrendado. En el supuesto de no poder hallar al inquilino moroso en ese domicilio, y si no hubiese comunicado otro de manera fehaciente con posterioridad a la firma del contrato, se notificará la demanda en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial. Este modo de actuar intenta evitar que el arrendatario deudor continúe en el inmueble arrendado.

El pago de las costas

La nueva normativa establece la condena expresa de las costas al arrendatario en caso de enervación
La nueva normativa establece que el inquilino moroso puede "enervar" la acción si antes del juicio paga la deuda al arrendador. Con este pago, el proceso judicial queda archivado. Pero el propietario debía hacerse cargo de los gastos habituales en estos casos: abogado y procurador.
Esta situación cambia con la nueva normativa, que establece la condena expresa de las costas al arrendatario en caso de enervación de la acción. El inquilino moroso, cuando paga lo que debe, debe hacer frente a los costes judiciales en los que ha incurrido el propietario.



Condonación de la deuda

- Imagen: Daniel Lobo -
El arrendador tiene la posibilidad de condonar al inquilino toda o parte de la deuda y de las costas. Esta decisión está condicionado al desalojo voluntario del inmueble dentro del plazo fijado, que no puede ser inferior a 15 días desde que se notifique la demanda. El propietario del inmueble puede elegir la opción que le suponga un menor perjuicio, si tiene la posibilidad de alquilar de nuevo la finca en un plazo breve y necesita disponer de ella.
Una vez presentada la demanda, se cita a las partes a la vista, en la que se recordará al demandado que, si no comparece, se declarará el desahucio sin más trámite. En la vista se deja fijado el día y la hora en que tendrá lugar el lanzamiento, que será dentro del mes siguiente a la celebración de la vista y se efectuará sin necesidad de notificación en caso de sentencia condenatoria que no se recurra.

Rescisión antes de cinco años

El lanzamiento del moroso será dentro del mes siguiente a la celebración de la vista y se efectuará sin necesidad de notificación
El arrendador ya no estará atado a uncontrato mínimo de cinco años. Mediante la nueva normativa, el propietario puede rescindir este acuerdo si necesita ocupar la vivienda para uso propio, pero también para el de sus padres, hijos o cónyuge, en los casos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial, siempre que así figure en el contrato. Si antes de tres meses no se produjera la ocupación, el arrendador estará obligado a reponer al arrendatario el uso de la vivienda e indemnizarle por los gastos del desalojo. Al tiempo, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que tal circunstancia deberá hacerse constar de manera expresa en el contrato de arrendamiento inicial.
Éste es el único caso en el que la nueva norma modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Establece que el propietario puede necesitar la vivienda para uso propio durante la vigencia del contrato de arrendamiento, lo que le permitiría evitar la prórroga forzosa que para el alquiler de viviendas viene impuesta a los propietarios, con un máximo de cinco años.
Si el propietario alquila a una familia su vivienda, la LAU establece que si los inquilinos desean, con independencia del plazo pactado en el contrato, éste podrá prorrogarse de manera forzosa hasta cinco años de vigencia, sin que el propietario pueda hacer nada por recuperar el inmueble hasta pasado ese tiempo (salvo que el inquilino no pague la renta o incumpla cualquier disposición esencial del contrato).
El uso del inmueble podrá requerirse tanto por el arrendador como por sus familiares de primer grado
La antigua redacción de la LAU establecía que sólo el propietario podía evitar la prórroga forzosa si hacía constar en el contrato que necesitaba la vivienda para uso propio, antes del transcurso de cinco años. En tal caso, la prórroga forzosa no era exigible y los inquilinos debían dejar el inmueble cuando el propietario necesitaba ocuparlo.
Con la nueva redacción del artículo 9 de la LAU, se amplía el listado de personas con legitimación para requerir el uso del inmueble. Pueden ser tanto el arrendador, como los familiares de primer grado por consanguinidad y adopción del propietario.

OTROS PUNTOS DE INTEÉS

Otros aspectos de interés que contempla la nueva normativa son los siguientes:
  • Fecha de desalojo. La sentencia fijará una fecha concreta en que tendrá lugar el desalojo. Éste se llevará a efecto sin necesidad de más tramites, en un plazo no superior a 15 días desde la fecha de finalización del periodo voluntario. En el caso de sentencias de condena en las que el demandado no hubiera comparecido, se procederá a lanzar al inquilino sin más trámite en la fecha fijada.
  • Cantidades debidas. El propietario puede solicitar del juzgado que en la sentencia se incluyan las rentas debidas por el inquilino con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la propiedad efectiva de la finca.
  • No comparecencia. Un truco empleado por inquilinos morosos para dilatar el desalojo era no comparecer a la vista judicial, con lo cual había que proceder a convocar una segunda vista. Desde ahora esto ya no es posible. Con la nueva normativa, en la notificación sobre la celebración del juicio se aclara que si el demandado no comparece a la vista, el juez declarará el desahucio sin más trámites y el inquilino quedará citado para recibir la notificación de la sentencia seis días después de la celebración de la vista.
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    Hacienda podrá notificar sólo por medios telemáticos a todos los contribuyentes

    Hacienda podrá notificar sólo por medios telemáticos a todos los contribuyentes: "

    notificaciones telematicas

    El anteproyecto de ley de Economía Sostenible no deja de deparar sorpresas una vez que se conoce el articulado completo que se ha planteado. La primera modificación importante la tenemos en la Ley 58/2003 General Tributaria que faculta al Ministerio de Economía y Hacienda a establecer los supuestos de notificación telemática obligatoria para los supuestos que así determine el Ministerio.



    Esta modificación normativa se lleva a cabo mediante la inclusión de un punto 3º en el artículo 110 de la LGT relativo al lugar de notificaciones tributarias. Textualmente se incluirá:

    En el ámbito de competencias del Estado, el Ministro de Economía y Hacienda podrá establecer los supuestos y condiciones en que los obligados tributarios quedarán obligados a recibir las notificaciones que practique la Administración tributaria por medios electrónicos
    A efectos prácticos, implica que el ministerío tiene poderes plenos para acabar con la notificación mediante correo certificado y sustituirla para todos los obligados tributarios en los procedimientos que determine mediante una mera orden ministerial.



    Para que nos hagamos una idea; imaginemos que decide poner en práctica esta notificación telemática para la declaración de IRPF, obviando la notificación ordinaria en domicilio, dado que esta modificación normativa le faculta para ello. Todos aquellos que presenten la declaración de la renta, 17,5 millones de ciudadanos, tienen que contar con una dirección electrónica única para poder acceder a las notificaciones de Hacienda. A efectos prácticos, implica que en el plazo de dos años, todas las actividades económicas tendrán que disponer de un sistema de notificaciones telemáticas y a medio plazo, todos los ciudadanos.



    Bajo mi punto de vista, se van a “telematizar” al 100% de procedimientos y sujetos pasivos mediante ley, dado que para muchos de nosotros, estos procedimientos son habitualews, pero sinceramente, no veo yo a mi abuela con 75 años abriéndose una dirección de correo electrónica segura para las hipotéticas comunicaciones que Hacienda le pueda hacer sobre su declaración de la renta. Tanta potestad legislativa por orden ministerial puede saciar el ansía recaudatoria.



    IC ya adelantó esta posibilidad, en los albores de preparación del articulado de esta ley y coincido plenamente con él. La desprotección jurídica para todos los contribuyentes es directa en el caso de una dospuntocerización plena de la Agencia Tributaria, porque por desgracia, internet no forma parte de la vida de todas las personas todavía.

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    y2a -Meditación y aprendizaje - Redes 50


    Redes 50: Meditación y aprendizaje


    La neurociencia ha demostrado que el cerebro es maleable. Mediante el aprendizaje, podemos transformarlo para, por ejemplo, poder andar en bicicleta o hablar más de un idioma. En Redes veremos que podemos aprender también a ser más felices, más responsables y cooperativos. La educación ha de dar un vuelco e incorporar nuevas técnicas, como las de la meditación, para formar a mejores ciudadanos.
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    MEJOR ESPÉRATE UN POCO, ANTES DE GRITAR OVNI...

     
     

    Enviado por VRedondof a través de Google Reader:

     
     

    vía LA ALDEA IRREDUCTIBLE de aldeairreductible@yahoo.es (Irreductible) el 21/12/09

    El escepticismo, como bien dice Eugenio Manuel en su blog de Ciencia en el siglo XXI, es una herramienta de demarcación, que nos permite separar ciencia de pseudociencia. Es esa llamada al sentido común que te hace utilizar la lógica antes de lanzar las campanas al vuelo...

    Y es que, aunque no lo parezca lo más fácil vender ovnis... tan fácil como no pararse a pensar en otras alternativas más lógicas... Como ejemplo, hoy os dejo unos cuantos "ovnis" a lo largo de la Historia, que al final, resulta que no lo son tanto...

    Porque... ¿Qué pensarían los grandes "investigadores del misterio" si vieran esto surcando el cielo, en una noche de frío invierno como esta?


    Cyclocrane | Fuente | Dominio Público

    Pues seguramente pensarían... mmm... Ya tengo tema para el programa de hoy.

    Y la realidad es que se trata del Cyclocrane, un ingenio volador de unos extraterrestres muy terrenales llamados Arthur J. Crimmins y Donald J. Doolittle... Aquí puedes encontrar su interesante historia.

    O por ejemplo, si se toparan con el "Magnus Spherical Aircraft"... esto sí que les daría algún que otro monográfico, varios documentales y seguro que hasta un libro de ufología...


    Magnus Spherical Aircraft | Fuente | Dominio Público

    Este es muy curioso... pero lamentablemente, tampoco es un ovni, ya que está bien identificado: Se trata de un prototipo realizado por The Van Dusen Commercial Development Ltd. y que funciona utlizando el efecto "magnus", del que toma su nombre: Magnus Spherical Aircraft.


    Magnus Spherical Aircraft | Fuente | Dominio Público

    La patente ganó varios premios, como el Premio de Excelencia del Gobierno canadiense en 1984, o el Philip Petroleum Award for Science 1985... Incluso este prototipo iba a ser exhibido en el Instituto Smithsoniano aunque, lamentablemente, un accidente terminó con su vida de "ovni misterioso"...

    Magnus Spherical Aircraft | Fuente | Dominio Público

    Y qué decir de este ingenioso platillo volante creado por el Profesor Paul Moller de la Universidad de California, si un ufólogo se lo llega a encontrar en plena acción... pues sí, ya tendríamos conspiraciones, hombres de negro y abduciones a todo trapo en su programa de madrugada a medianoche...


    Prof. Moller aterrizando su propio platillo volante | Fuente | Dominio Público

    Desengañémonos... El ovni como fenómeno tiene poco de fenómenal... Desde que los hermanos Wright conquistaron el aire con aquel artefacto extraño, hay y seguirá habiendo miles de objetos volantes extraños y curiosos... La cuestión es esperarse un poco y pensar, antes de gritar "Ovni"... ;)


    El Monte-Copter Model 15 | Fuente | Dominio Público


    Gossamer Albatros NASA 1980 | Fuente | Dominio Público


    Trifibio de Constantinos Vlachos 1974 | Fuente | Dominio Público

    Este artículo está en Menéame
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    Aunque con un día de retraso, esta entrada pertenece a la iniciativa surgida desde el Proyecto Sandía para conmemorar el fallecimiento de Carl Sagan como el día del escepticismo, el 20 de Diciembre. Por razones personales no pude escribirla ayer, pero no quería dejar pasar la oportunidad y aportar mi granito de arena.

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    Guía para comprar regalos de Navidad por Internet a bajo precio

    Guía para comprar regalos de Navidad por Internet a bajo precio: "
    de tuexperto.com

    regalosbaratos1


    Para comprar los regalos navideños ya no hace falta patearse el centro comercial y sufrir las temidas colas. Así como tampoco gastarse un dineral. De un tiempo a esta parte, han nacido en Internet una serie de tiendas o outlets que ofrecen ventas privadas a bajo precio. Esto quiere decir que durante unos días determinados, primeras marcas venden sus productos más económicos que en cualquier tienda. Los descuentos pueden ser ciertamente ventajosos y oscilar entre el 50, 60 y hasta 70%, de manera que podemos adquirir primeras marcas etiquetadas a precio de mercadillo.



    1) Privalia


    privalia


    Privalia es un club privado al que debemos asociarnos si queremos empezar a comprar. El registro es completamente gratuito, como en todos los clubs de venta que encontraremos en esta guía, aunque como en cualquier página web conviene registrarnos con nuestros datos personales. Ésto nos permitirá participar en las ventas. Actualmente más de dos millones de personas están inscritos en el club y pueden disfrutar de ofertas de marcas tan conocidas como United Colors of Benetton, Roberto Cavalli, Umbro, NafNaf, Pentax o Camper, por citar sólo algunas de las ventas del momento.


    De esta manera, el usuario puede adquirir artículos con descuentos de hasta un 70% durante el período en el que está activa cada venta, alrededor de una semana, aproximadamente. La única pega es que el pedido tarda de quince días a un mes en llegar.


    2) Vente Privée


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    Vente Privée es otro club de venta de mucho éxito entre los internautas. Sus fundadores son profesionales de las ventas y de la liquidación de grandes marcas en moda y hogar, aunque en estos momentos las ventas que se realizan a través de este club abarcan desde cámaras fotográficas hasta zapatos o perfumes. Unas 850 marcas mantienen acuerdos con Vente Privée, de manera que pueden ofrecer ventas puntuales por precios que también alcanzan el 70% de descuento. Actualmente podemos encontrar ventas abiertas de marcas tan importantes como Olympus, Custo Barcelona, Vanity Fair, Astor, Guess o Caramelo, firmas dedicadas a la lencería, la moda, la cosmética y hasta la fotografía.


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    Al igual que pasa con Privalia, los pedidos tardan un poco en llegar. Después de haber realizado el encargo las compras pueden demorarse un par de semanas, pero también un mes, dependiendo del producto y de la marca. Vente Privée acepta pagos con tarjeta bancaria o con Pay Pal y pone a disposición del socio un servicio de atención al cliente través del que pueden comprobarse los pedidos o realizar consultas al respecto. Últimamente han promocionado la compra de vales de regalo que permiten realizar pedidos por importes determinados a través de la misma web.


    3) Ofertix


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    Ofertix promociona ventas hasta con un 80% de descuento con respecto al precio de salida oficial. Aunque el club se ha publicitado en televisión, todavía es poco conocido si lo comparamos con Privalia o con Vente Privée. Aun así, podemos encontrar ventas vigentes de Dockers, Absolute Organic, Pierre Cardin, Devota&Lomba, Calvin Klein, Bosch o Clinique, marcas de primera línea a precios ciertamente económicos.


    4) Vipventa


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    En Vipventa pueden llegar a convivir varias ventas de marcas como Diesel, Calvin Klein, Cerruti, Estêe Lauder o Chanel, aunque no cabe duda de que se ponen a disposición del consumidor menos productos que en otros clubs como Privalia o Vente Privée. Aun así, hemos comprobado que algunos artículos pueden llegar a ser incluso más baratos, con diferencias respecto a otras tiendas como ésta, hasta de 20 euros. Como añadido interesante encontraremos un espacio para reservar entradas en cines y teatros de todo el país. Lástima que existan pocas ofertas.


    5) Dreivip


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    Dreivip es uno de los clubs de compra menos concurrido, aunque entre sus páginas encontraremos ofertas tan válidas como la de las otras tiendas que ya hemos presentado. Actualmente podremos comprar juegos de mesa de la marca Diset, camisetas y pijamas de Hello Kitty y hasta aspiradoras, planchas o cafeteras Siemens, por citar sólo algunas de las ventas abiertas. Si hay algo que nos ha gustado es que el equipo de Dreivip garantiza el envío de los regalos antes de la sonada fecha de Reyes, por lo que puedes ahorrarte un buen pellizco si tratas de encontrar lo que quieres a través de este Club.


    Foto de: Mark Paciga


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